Se vulnera el derecho a la salud cuando se niega un servicio médico solo bajo este argumento
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13 de Octubre de 2020
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El Consejo Superior de la Judicatura, en un fallo de tutela, recordó que se vulnera el derecho a la salud cuando se niega un servicio médico solo bajo el argumento de que lo prescribió un médico externo, a pesar de que (i) existe un concepto de un médico particular; (ii) es un profesional reconocido en el sistema de salud y (iii) la entidad tiene conocimiento de dicho concepto y no lo desvirtúa con razones científicas. Aterrice esta tesis jurisprudencial con la resolución del caso concreto objeto de estudio (M. P. Julia Garzón).
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