Se puede aplicar condición más beneficiosa a pensión de invalidez y remitirse a normas que no son inmediatamente anteriores: Corte Constitucional (10:46 a.m.)
13 de Marzo de 2015
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Nota:
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La Corte Constitucional amparó los derechos a la seguridad social y al mínimo vital de una mujer de 57 años que padece esquizofrenia y le ordenó a Colpensiones reconocer a su favor pensión de invalidez desde el día en que se estructuró su discapacidad (13 de diciembre del 2012), conforme a lo dispuesto en el Acuerdo 049 de 1990, aprobado por el Decreto 758 de 1990. En el caso analizado, el juez de instancia no hizo uso de la condición más beneficiosa al considerar que no se puede invocar para solicitar la aplicación de una norma que no sea inmediatamente anterior a la vigente a la fecha de estructuración de la invalidez. Es decir, no se puede aplicar el Decreto 758 de 1990 cuando la discapacidad se estructura en vigencia de la Ley 860 del 2003, porque no son regímenes inmediatamente sucesivos. Sin embargo, el alto tribunal precisó que ese argumento no es de recibo porque la expectativa legítima está protegida por la Constitución. En materia de pensión de invalidez, la jurisprudencia ha señalado que sí se puede hacer uso de la condición más beneficiosa para remitirse a normas que no son inmediatamente anteriores (T-062A/11, T-595/12, T-576/13 y T-012/14). En su opinión, sería irrazonable aceptar que se elimine la protección de expectativas legítimas por la simple adopción de medidas legislativas, sin que se tengan en cuenta circunstancias que evidencian trato inequitativo en relación con otros beneficiarios que acreditan requisitos de menor entidad. Mauricio González Cuervo presentó salvamento de voto (M. P. María Victoria Calle Correa).
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