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Se inhiben en demanda contra norma que permitía suscribir contratos APP durante el último año de gobierno (4:07 p.m.)

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24 de Septiembre de 2019

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La Corte Constitucional resolvió una demanda presentada contra el artículo 16 (parcial) de la Ley 1882 del 2018, por desconocimiento del voto programático consagrado en el artículo 259 de la Constitución Política. Para el actor, la norma impedía la ejecución plena del siguiente programa de gobierno municipal o departamental, en tanto se autorizaba a algunas entidades territoriales a celebrar contratos para el desarrollo de proyectos de asociación público privada (APP) y destinar vigencias futuras para este propósito en el último año de gobierno. Ahora bien, la Corte  advirtió que se produjo una carencia actual de objeto, que implica la inhibición para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma demandada, en razón de su derogatoria (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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