11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 seconds | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Se deben actualizar y rectificar datos personales de desplazados, especialmente cuando de ello depende el acceso a otros derechos

04 de Mayo de 2021

Reproducir
Nota:
120317
El habeas data es el derecho constitucional fundamental que tiene toda persona a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas, precisó la Corte Constitucional. Entre los principios que guían el tratamiento de datos personales se encuentra el de veracidad y conforme a este la información registrada debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Acorde con ello, se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error. Además, este principio se concreta en el derecho de las personas a solicitar la corrección, rectificación o actualización de la información que considera errónea y, a la vez, las entidades responsables o encargadas del tratamiento de datos tienen el deber correlativo de atender el reclamo y, en caso de proceder, realizar la modificación. Con todo, enfatizó la obligación de garantizar la actualización y rectificación de los datos personales de la población desplazada, especialmente cuando de ello depende el acceso a otros derechos. Conozca el caso concreto y otras determinaciones en el texto adjunto (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)