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Sala Penal aclara procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales (12:52 p.m.)

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18 de Febrero de 2020

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia indicó que la acción de tutela contra decisiones judiciales presupone la concurrencia de unos requisitos de procedibilidad que consientan su interposición, tanto  genéricos como específicos, esto con la finalidad de evitar que la misma se convierta en un instrumento para discutir la disparidad de criterios entre los sujetos procesales y la autoridad accionada y contrariar su esencia, que no es distinta a denunciar la violación de los derechos fundamentales. Por lo tanto, concluye el fallo, si no existen motivos que impidan promover la acción, esta procederá contra las decisiones judiciales en la medida que carezcan de un fundamento objetivo y configuren una vía de hecho. De ahí que son improcedentes aquellas demandas en donde las consideraciones personales o subjetivas del accionante se anteponen a las argumentaciones del funcionario que las profiere, toda vez que esa circunstancia, por sí misma, no es razón suficiente para predicar la existencia de una arbitrariedad (M. P. Jaime Humberto Moreno).

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