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Reserva legal de la historia clínica del fallecido no es oponible a los familiares más cercanos (3:38 p.m.)

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04 de Febrero de 2010

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La Corte Constitucional recordó que la historia clínica de quien ha fallecido es un documento privado sometido a reserva legal, pero esta calidad no le es oponible a sus familiares más cercanos, pues entre ellos existe un estrecho lazo de confianza y amor. No sucede lo mismo con los terceros interesados en tener acceso a esa información, debido a que en ellos no hay interés legítimo que justifique levantar la reserva. La corporación subrayó la necesidad de que, como requisito para levantar la reserva legal, se expresen detalladamente las razones por las cuales se solicita el acceso a dicho documento. También precisó que el juez de tutela tiene competencia para conocer y ordenar el levantamiento de la reserva legal que reposa sobre la historia clínica (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).

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