Repase la jurisprudencia sobre estabilidad laboral reforzada de policías y militares en situación de discapacidad (8:52 a.m.)
Openx [71](300x120)
108774
09 de Noviembre de 2018
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Corte Constitucional, en relación con su posición frente a la protección de las personas en situación de discapacidad, señaló recientemente que la facultad para retirar del servicio activo a los soldados profesionales y a los policías cuando presenten disminución en su capacidad sicofísica no opera automáticamente en detrimento de sus garantías y derechos constitucionales. En estos casos, es necesario que se realice una valoración de las condiciones de salud, habilidades, destrezas y capacidades del afectado, para establecer si existen actividades que podría cumplir dentro de la institución que permitan reubicarlo en otro cargo. Por otro lado, y en los casos en que la persona no ha sido declarada en estado de invalidez en el dictamen médico inicial, resulta procedente una recalificación para determinar si puede estarlo años después, por un empeoramiento progresivo de la patología que adquirió mientras prestó sus servicios a la fuerza pública. Razón por la cual estas valoraciones de la capacidad laboral, concluye el fallo, deben ser integrales e incluir conceptos médicos actualizados (M. P. Cristina Pardo).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!