Remuneración de trabajo suplementario no nubla obligación de pago de auxilio de transporte (2:41 p.m.)
113324
17 de Octubre de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El empleador debe pagar auxilio de transporte cuando el trabajador devengue hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) como contraprestación al servicio contratado, salario que será cancelado por la jornada ordinaria de ocho horas diarias y 48 horas semanales, recordó el Ministerio del Trabajo. Aunque la remuneración del trabajo suplementario o de horas extras, en virtud de lo previsto en el artículo 127 del CST, es un elemento integrante del salario, aquel trabajo es el que excede de la jornada ordinaria y, por ende, está fuera de los parámetros requeridos para el pago del auxilio de transporte.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!