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Reiteran requisitos generales de procedencia de la tutela contra decisiones judiciales (4:06 p.m.)

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09 de Julio de 2019

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La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional recordó cuáles son los requisitos generales de procedencia de la acción de tutela contra decisiones judiciales. En tal sentido, es necesario que: (i) la cuestión que se discuta resulte de evidente relevancia constitucional, (ii) que se hayan agotado todos los medios (ordinarios y extraordinarios) de defensa judicial al alcance de la persona afectada y (iii) que se cumpla el requisito de inmediatez, es decir, que la tutela se hubiere interpuesto en un término razonable y proporcionado a partir del hecho que originó la vulneración. Además, (iv) cuando se trate de una irregularidad procesal debe quedar claro que la misma tiene un efecto decisivo o determinante en la sentencia que se impugna y que afecta los derechos fundamentales de la parte actora, entre otras. Conozca el desarrollo de estos y de otros requerimientos en la providencia adjunta a esta nota (M.P. José Fernando Reyes Cuartas)

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