Reiteran que tutela procede excepcionalmente contra providencia que finaliza un incidente de desacato (2:43 p.m.)
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09 de Noviembre de 2012
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La Corte Constitucional reiteró su jurisprudencia sobre la procedencia de la tutela contra decisiones proferidas en el trámite del incidente de desacato. Para esto, se debe probar la existencia de una de las causales de procedibilidad de tutela contra providencias judiciales. Adicionalmente, el trámite del incidente debe haber finalizado con decisión debidamente ejecutoriada. El alto tribunal recordó que sin importar si se trata de una acción de tutela o de un desacato la vía de hecho debe estar demostrada y verificado el cumplimiento de los demás requisitos que la jurisprudencia ha desarrollado al respecto. Sobre la tutela en este caso específico, la jurisprudencia constitucional estableció como requisito especial que únicamente las pruebas solicitadas, conocidas o analizadas en la etapa incidental pueden ser presentadas en esta acción (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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