15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Reiteran jurisprudencia sobre acciones afirmativas en materia de educación a favor de miembros de comunidades étnicas

12 de Noviembre de 2020

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Nota:
120055
El hecho de pertenecer a una comunidad étnica es un criterio utilizado para adoptar acciones de diferenciación positivas en materia de acceso a la educación y encuentra su fundamento en la Constitución, la ley y distintos instrumentos de orden internacional, precisó la Corte Constitucional. Así mismo, aseguró que esas medidas, desde el plano de la igualdad material, resultan admisibles por cuanto buscan mejorar la situación de un grupo étnico como los son las comunidades afrocolombianas, las cuales históricamente han sido tratadas como un sector poblacional marginado, excluido de los beneficios y derechos de los demás miembros de la organización social. En el mismo sentido, el alto tribunal afirmó, según su precedente jurisprudencial, que la necesidad en la implementación de acciones afirmativas a favor de la población desplazada se circunscribe a la urgencia en la que se encuentra el Estado para brindar atención a las especiales circunstancias de desarraigo a las que se ve sometida la misma. Conozca el caso concreto y otras determinaciones en el texto adjunto (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).

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