Reiteran inaplicación del requisito de fidelidad para conceder pensión de sobrevivientes (9:48 a.m.)
10 de Mayo de 2013
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Nota:
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El requisito de fidelidad al Sistema de Seguridad Social, según el cual, la persona debe acreditar el 20 % de sus aportes entre el momento en que cumple 20 años de edad y su fallecimiento, para obtener la pensión de sobrevivientes, es contrario a la Constitución, pues vulnera el principio de progresividad y la prohibición de regresividad frente a la protección de los derechos sociales. Así lo reiteró la Corte Constitucional, al recordar que dicho requisito fue declarado inexequible en la Sentencia C-556 del 2009. Sin embargo, como la exigencia fue violatoria de la Carta Política desde su creación, ella es inaplicable en los casos anteriores a tal fallo por vía de la excepción de inconstitucionalidad, señaló. El magistrado Nilson Pinilla aclaró el voto (M. P. Alexei Julio Estrada).
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