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Reiteran constitucionalidad de partidas presupuestales asignadas a la Semana Santa de Popayán (2:03 p.m.)

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03 de Marzo de 2017

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La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró la exequibilidad del artículo 1° de la Ley 891 del 2004, que declara patrimonio cultural nacional las procesiones de Semana Santa y el festival de música religiosa de Popayán (Cauca). En efecto, reiteró que estos actos son esencialmente prácticas culturales con arraigo y tradición en la región y en el país; por ende, bien podía promoverlas de diversas formas, entre ellas el apoyo mediante presupuesto público, sin que con ello se vulneren los principios de igualdad y neutralidad religiosa (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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