Reglas para los jueces de tutela cuando se controvierten decisiones de la UNP (9:26 a.m.)
113531
01 de Octubre de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Corte Constitucional, a través de reciente sentencia, explicó que la Unidad Nacional de Protección (UNP) es la entidad que tiene la competencia y los recursos humanos y técnicos para determinar el nivel de riesgo de un ciudadano y las medidas de protección a adoptar. Por regla general, precisa el fallo, el juez de tutela, en estos casos, ordena a la UNP que evalúe nuevamente el riesgo del accionante. Vale decir que, de manera excepcional, el funcionario jurisdiccional podría ordenar la continuidad de las medidas de protección cuando concluya que en el caso concreto existen pruebas de la apremiante situación de riesgo del accionante, teniendo en cuenta el contexto en el que se encuentran los ciudadanos que solicitan las medidas de protección, es decir, no solamente su situación individual (M. P. Diana Fajardo).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!