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Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Reforma al sistema de salud no requería la consulta previa a minorías étnicas, por ser una ley general y abstracta (4:40 p.m.)

27 de Agosto de 2012

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Nota:
82819
La Ley 1438 del 2011, que reformó el Sistema de Seguridad Social en Salud, no requería consulta previa, pues no constituye una medida legislativa que afecte de manera directa y específica a las comunidades afrodescendientes, raizales y/o población gitana o Rom, señaló la Corte Constitucional. El alto tribunal declaró exequible la ley y recordó que esta regula lo relacionado con el modelo de prestación de ese servicio público, de forma general y abstracta, por lo que no afecta directamente los intereses específicos de las diversas comunidades étnicas. “No existe una vinculación intrínseca, razonable y objetiva con la identidad étnica de los grupos minoritarios, cualquiera que sea su origen, ni con sus costumbres, bienes o prácticas”, señaló la Corte. El magistrado Mauricio González aclaró el voto porque estima que la acción de inconstitucionalidad por ausencia de la consulta previa debe someterse al término de caducidad establecido para los cargos relacionados con la formación de una ley. La magistrada María Victoria Calle anunció la presentación de una aclaración de voto (M. P. Nilson Pinilla).

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