Recuerdan que garantía del debido proceso no se contrae de manera exclusiva a las actuaciones de las autoridades (12:30 p.m.)
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18 de Julio de 2016
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La Corte Constitucional recordó que la garantía del debido proceso no puede contraerse solamente a las actuaciones de las autoridades, sino que también se predica de los particulares cuando se hallen en posibilidad de aplicar sanciones o castigos. En efecto, el alto tribunal sostuvo que, en estos últimos casos, están obligados por la Constitución a observar las reglas propias de este principio, puesto que es una garantía de la persona procesada que sus fundamentos y postulados le sean aplicados. Por eso, reiteró que ante las vulneraciones o amenazas para su ejercicio cabe la acción de tutela (M. P. Alejandro Linares).
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