Ratifican que Mintrabajo no puede negar su competencia para resolver despido de trabajador en condición de discapacidad (10:06 a. m.)
21 de Mayo de 2015
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Nota:
101360
La Corte Constitucional negó la nulidad de un fallo de tutela en el que advirtió al Ministerio del Trabajo que en adelante no puede desconocer esa responsabilidad, que le asigna el artículo 26 de la Ley 361 de 1997. La Sentencia T-877 del 2014, en la que se le reprochaba a la cartera haber desconocido su capacidad para examinar la justa causa del despido, señala que las providencias C-531 del 2000 y C-744 del 2012 también establecen esta regla, como mecanismo de defensa a la estabilidad laboral reforzada de la que deben gozar este tipo de trabajadores.
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