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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 2 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


¿Quién es el responsable de ofrecer vías nacionales adecuadas a los ciudadanos?

01 de Julio de 2022

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¿Quién es el responsable de ofrecer vías nacionales adecuadas a los ciudadanos? (Freepik)

Al decidir un medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos, el Consejo de Estado indicó que en el caso de vías nacionales que atraviesan el perímetro urbano de los municipios estos tienen la obligación de realizar sobre ellas las obras estructurales requeridas para su debido funcionamiento como ente territorial, aspecto que en todo caso requiere la intervención física de la carretera. Sin embargo, ese deber no conlleva la realización de obras relacionadas con el mantenimiento o la señalización de la vía, pues estas son actividades atribuidas al Invías.

Es importante resaltar que el desarrollo de un proyecto de infraestructura vial, sea nacional, terciaria o veredal, y bajo cualquier modalidad contractual (APP, concesión o licitación pública) debe estar precedido de una etapa de planeación en donde se priorizan los proyectos y programas que va a desarrollar la entidad. De tal forma que los escasos recursos que existen para el desarrollo de la infraestructura vial no se pueden destinar de una manera ineficiente.

Sin embargo, la Nación, las entidades territoriales y los organismos públicos de todo orden cuentan con la posibilidad de modificar el plan de desarrollo, siempre y cuando surtan el procedimiento llevado a cabo durante su aprobación y justifiquen, en aras del principio de planeación, los motivos que la hicieron necesaria.

Finalmente se indicó que cuando se trata de asuntos en los cuales intervienen el orden nacional y el orden municipal con el propósito común de ofrecer vías adecuadas a los ciudadanos las labores de construcción, mantenimiento, señalización y adopción de mecanismos que ofrezcan seguridad sobre la vía a la población le corresponde al Invías, sin perjuicio de la obligación que tiene el municipio de adecuar o acomodar la vía nacional de acuerdo con sus necesidades, ya sea mediante las disposiciones de tránsito que se requieran y la asignación de personal para regular el tráfico o la construcción de andenes, respetando obviamente las especificaciones de la vía, o regulando las intercepciones con las vías del municipio o, en general, realizando las labores que sean necesarias para el adecuado desenvolvimiento de la comunidad en su territorio (C. P.: Oswaldo Giraldo López).

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