Queda en firme protocolo adicional al Acuerdo marco de la Alianza del Pacífico (2:23 p.m.)
05 de Octubre de 2015
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Nota:
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Así lo informó la Corte Constitucional a través de un comunicado en el que explica la decisión de exequibilidad del protocolo adicional al Acuerdo marco de la Alianza del Pacífico (Sentencia C-620/15). El alto tribunal verificó el cumplimiento de los requisitos formales en cuanto al anuncio previo de la votación, el quórum deliberatorio y decisorio, al igual que la votación nominal y la publicación de la Ley 1746 de 2014. La Sala Plena enfatizó que “respecto a la intensidad del control sobre acuerdos de libre comercio adopta mayores niveles cuando la materia regulada incide de manera más decisiva sobre principios, derechos, bienes jurídicos o competencias de relevancia constitucional, caso en el cual el juicio ha de tomarse más riguroso. La suscripción del protocolo adicional no resulta un asunto nuevo o incipiente en materia de relaciones comerciales entre los países miembros, sino, por el contrario, está regido por acuerdos bilaterales y multilaterales de tiempo atrás”. No obstante, la Corte insistió que si en la ejecución del protocolo adicional se presentan situaciones que comprometan derechos constitucionales, los ciudadanos podrán acudir a las autoridades para que en el ámbito de sus competencias y de las acciones que puedan desarrollar se garanticen los valores, principios y derechos fundamentales de la Constitución Política de 1991. Finalmente, las magistradas María Victoria Calle Correa y Gloria Stella Ortiz y el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva anunciaron la presentación de eventuales aclaraciones de voto en cuanto a los fundamentos que llevaron a la decisión (M.P. Jorge Iván Palacio Palacio)
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