¿Pueden los jueces separarse de la jurisprudencia de unificación? (3:03 p.m.)
14 de Febrero de 2020
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Nota:
115095
La Sala Plena de la Corte Constitucional, al estudiar si la Sección Tercera del Consejo de Estado incurrió en defectos sustantivos, por violación directa de la Constitución, y fácticos al proferir una sentencia señaló que el hecho que una autoridad judicial hubiese decidido el caso a partir de la aplicación de una jurisprudencia de unificación posterior a los hechos que dieron origen a una demanda de reparación directa no desconoce derecho alguno. En el caso concreto afirmó que es válido que la autoridad accionada acudiera a la jurisprudencia de unificación en materia de actio in rem verso para resolver la controversia. Y agregó que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, los jueces pueden separarse de esta jurisprudencia, siempre y cuando cumplan una carga argumentativa estricta (M. P. Carlos Bernal Pulido y Ruth Stella Correa Palacio).
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