Publican texto del fallo que estableció que la protección a los teletrabajadores en materia de seguridad social también incluye el subsidio familiar (5:00 p.m.)
28 de Julio de 2011
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Nota:
75818
La Corte Constitucional publicó el texto del fallo que declaró la exequibilidad condicionada de un aparte de la Ley 1221 del 2008, en el que se regula el reconocimiento de garantías a los teletrabajadores y establece la obligatoria afiliación de estos a aquellos regímenes de seguridad social que consagra la Ley 100 de 1993. A juicio de la corporación, la exclusión del subsidio familiar de la norma acusada carece de razón suficiente. Además, su omisión va en contra del espíritu de la misma ley, que pretende proteger y garantizar la aplicación de todas las garantías laborales a favor de las personas que desarrollan sus labores valiéndose de las tecnologías de la información y de la telecomunicación, y desconoce el derecho a la seguridad social y a la igualdad. La corte advirtió que aunque el legislador pude crear figuras que flexibilicen el clásico contrato laboral, no puede desconocer las garantías mínimas laborales. Por esta razón, la corte concluyó que la norma es exequible, siempre y cuando se entienda que la protección en materia de seguridad social a favor de trabajadores también incluye el subsidio familiar (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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