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Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Publican texto del fallo que declaró constitucional la prohibición de prestar servicio público de transporte con vehículos no automotores o de tracción animal (9:29 a.m.)

30 de Marzo de 2011

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Nota:
72525
La Corte Constitucional publicó recientemente el texto del fallo que declaró la exequibilidad condicionada del numeral 12 del literal A del artículo 131 de la Ley 769 del 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre), adicionado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010, en el que se establece una sanción por prestar el servicio público de transporte con vehículos no automotores o de tracción animal. Aunque la medida está justificada en razones de seguridad, movilidad y salubridad, establece una gran restricción al libre desarrollo de la personalidad, al derecho al trabajo, a la libre iniciativa privada y a la confianza legítima de quienes venían desarrollando esa actividad, autorizadas por autoridades locales. La corte indicó que la disposición acusada contradecía lo decidido en la Sentencia C-355 del 2003, en la medida en que se consagra una prohibición absoluta, de alcance nacional, que no específica el tipo de vehículos, zonas, vías o modalidades de servicio. Por ello, concluyó que al margen de las normas nacionales, las autoridades locales pueden definir los términos y las condiciones para que se preste el servicio público en vehículos de tracción animal o no automotores (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).

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