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Publican sentencia sobre revocatoria de pensiones reconocidas irregularmente y reintegro de dineros (3:20 p.m.)

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29 de Mayo de 2019

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La Sala Plena de la Corte Constitucional negó los derechos fundamentales a la seguridad social, debido proceso y habeas data de un accionante, a quien Colpensiones reconoció la pensión de invalidez, al parecer de forma irregular, y luego se la revocó por esta razón. En efecto, aunque no existe una sentencia penal condenatoria por estos hechos, la administradora del fondo pensional demostró con suficiencia la irregularidad que se produjo con la adición intempestiva de 334 semanas a la historia laboral del accionante, sin que mediara solicitud alguna y sin respaldo en los registros de la entidad. Por ello, y como el afiliado no ofreció ningún elemento de prueba que diera cuenta de los tiempos de trabajo, la Sala indicó que es obligación de Colpensiones acudir ante el juez ordinario para solicitar la nulidad de los actos administrativos que reconocieron derechos pensionales y solicitar medidas para recuperar los dineros girados, por lo que en sede de tutela se revocó el aparte de la resolución que ordenaba el reintegro de los dineros pagados a título de mesadas, retroactivos y aportes. Así mismo, compulsó copias a la Fiscalía para que investigue si existió responsabilidad del accionante en las conductas que rodearon la modificación de su historia laboral. El magistrado Carlos Bernal Pulido aclaró y salvó parcialmente el voto (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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