Publican sentencia que declaró exequible trámite del proceso monitorio para pago de obligaciones dinerarias de mínima cuantía (10:14 a.m.)
26 de Noviembre de 2014
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Nota:
97508
La Corte Constitucional publicó el texto definitivo de la sentencia que declaró exequibles los artículos 419 y 421 del Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012), que regulan el trámite del proceso monitorio que procede cuando se pretenda el pago de una obligación de dinero de mínima cuantía, de naturaleza contractual, determinada y exigible. El alto tribunal señaló que el hecho de que el demandado no tenga la posibilidad de interponer recursos contra el requerimiento de pago, ni contra la sentencia que resuelve se enmarca dentro de la potestad de configuración normativa que tiene el legislador. Esta facultad la consagra el artículo 150 de la Carta Política y le permite establecer modelos de procedimiento que prescindan de etapas, trámites e instancias, siempre y cuando obedezcan a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, agregó. Igualmente, señaló que dotar de celeridad las actuaciones judiciales de naturaleza dineraria de menor cuantía es un fin constitucionalmente legítimo, de acuerdo con el artículo 229 de la Carta sobre el acceso efectivo a la administración de justicia. Luis Guillermo Guerrero presentó salvamento parcial de voto, mientras que Gabriel Mendoza aclaró el voto (M. P. Martha Victoria Sáchica).
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