Publican sentencia que declaró exequible desistimiento tácito del CGP (10:03 a.m.)
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08 de Mayo de 2019
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La Corte Constitucional publicó la sentencia que declaró la exequibilidad del artículo 317 (parcial) del Código General del Proceso (CGP), en relación con el efecto del decreto del desistimiento tácito por segunda vez, entre las mismas partes y en ejercicio de idénticas pretensiones, el cual es la extinción del derecho pretendido. Así, explicó que no existe disposición constitucional que prohíba la declaratoria de extinción de un derecho como consecuencia del desistimiento tácito. Además, la medida contribuye a la colaboración de las partes con el buen funcionamiento de la justicia y “potencializa” el acceso a una tutela judicial efectiva y material. Por tanto, “la limitación que impuso la medida legislativa, en relación con los derechos de acceso a la administración de justicia y a la efectividad de los derechos sustanciales que se debían definir ante los jueces, se encuentra justificada por la importancia de la realización de los fines constitucionales perseguidos y porque no resultaba excesiva” (M. P. Carlos Bernal Pulido).
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