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Publican sentencia que avala limitación de suspensión provisional de cartas de naturalización (3:07 p.m.)

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04 de Enero de 2016

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La Corte Constitucional publicó el texto de la sentencia en la que se declara la exequibilidad del parágrafo 1° del artículo 20 de la Ley 43 de 1993, por medio del cual se impide decretar la suspensión provisional de las cartas de naturaleza o resoluciones de autorización en los procesos cuya nulidad se demande ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Según explica la providencia, el aparte acusado no interfiere en el goce y ejercicio de derechos políticos y civiles derivados de la calidad de nacional por adopción, por cuanto no crea una situación distinta de las situaciones previstas por el artículo 98 de la Constitución Política, simplemente exige que ello ocurra solo mediante una decisión judicial en firme luego de agotadas todas las instancias procesales y con observancia de los derechos de contradicción y defensa. Por otro lado, si bien la magistrada María Victoria Calle estuvo de acuerdo con la decisión mayoritaria, aclaró su voto en cuanto algunos aspectos de la motivación, específicamente en la potestad general del legislador, al decir que “no despendía de este definir cuáles medidas se pueden suspender y cuáles no, sino que esto tiene que ver esencialmente con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva” (M. P. Jorge Iván Palacio)

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