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Publican importante sentencia de unificación sobre plazo razonable y efectos de fallos de la Corte Constitucional (10:35 a.m.)

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29 de Abril de 2019

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La Corte Constitucional advirtió que la jurisprudencia en vigor autoriza para que en los casos en que lo estime pertinente, con el propósito de salvaguardar la supremacía del orden superior y ante ciertos supuestos específicos, pueda por medio de los efectos inter comunis e inter pares dejar sin valor decisiones judiciales adoptadas frente a ciertos problemas jurídicos específicos, para en su lugar: (i) reconocer prerrogativas a determinadas personas que previamente habían acudido ante las autoridades jurisdiccionales y habían recibidos recibido una respuesta negativa o (ii) revocar derechos reconocidos a individuos que los habían obtenido en fallos expedidos dentro de otros procesos de tutela u ordinarios. De otra parte, precisó algunas particularidades de cada dispositivo amplificador de efectos de órdenes proferidas por el tribunal y explicó que el plazo razonable se ha entendido, generalmente, de seis meses, luego de lo cual podría declararse la improcedencia de la tutela a menos que las particularidades del caso justifiquen la inactividad del accionante (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

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