Publican fallo que declaró inexequible la inhabilidad de 20 años para contratar con el Estado de condenados por narcotráfico (2:14 p.m.)
21 de Noviembre de 2012
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Nota:
84831
La Corte Constitucional publicó el texto de la sentencia que declaró inexequibles los apartes del artículo 1° del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 del 2011) que inhabilitaban para contratar con el Estado durante 20 años a las personas condenadas por delitos de narcotráfico y lesa humanidad, promoción de grupos armados ilegales y afectación al patrimonio estatal. A su juicio, el artículo 122 de la Constitución, reformado por los actos legislativos 1 del 2004 y del 2009, establece que esas inhabilidades son vitalicias e intemporales, lo cual es contrariado por las disposiciones demandadas. No obstante, aclaró que el límite fijado frente al soborno transnacional y los delitos contra la administración pública solo es inconstitucional cuando afecte patrimonialmente al Estado, de lo contrario, la inhabilidad por 20 años queda incólume. Por otro lado, la corporación decretó la exequibilidad de un aparte del artículo 7° del estatuto, que dispuso como causal de cancelación de la tarjeta profesional del contador omitir la denuncia de actos de corrupción, pues la inviolabilidad del secreto profesional tiene excepciones. Finalmente, ordenó estarse a lo resuelto en la Sentencia C-200 del 2012. Los magistrados Gabriel Mendoza y Nilson Pinilla aclararon el voto (M. P. Mauricio González).
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