Protección especial no se suspende por fusión de la Anspe con el Departamento para la Prosperidad Social (2:55 p.m.)
09 de Octubre de 2015
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Nota:
102696
En desarrollo del proceso de fusión por absorción de la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema (Anspe) con el Departamento para la Prosperidad Social (DPS), la Resolución 543 del 7 de octubre indicó que no podrán ser retirados del servicio de protección los padres y madres cabeza de familia sin alternativa económica, personas con limitación física, mental, visual o auditiva y los servidores que cumplan todos los requisitos de edad y tiempo para disfrutar la pensión de jubilación o vejez, en el término de tres años. Para ello, los interesados deben acreditar la situación en la que se encuentren bien con declaración bajo juramento (sin alternativa económica) o con certificación de EPS.
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