Procedimiento legislativo especial para la paz (´fast track´)Iniciativa que remplazaría componente de seguridad jurídica del acuerdo de paz llega a último debate (10:15 a.m.)
31 de Marzo de 2017
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Nota:
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El proyecto de acto legislativo, tramitado por medio del procedimiento legislativo exprés, fue aprobado en días pasados por la Comisión Primera de la Cámara, por lo que, según el fast track, solamente faltaría el estudio y aprobación de la plenaria en último debate. El texto no sufre ningún cambio con respecto a lo aprobado en penúltimo debate. Así, la iniciativa reemplazaría el contenido del Acto Legislativo para la Paz en lo relativo a la seguridad jurídica del acuerdo final. Así, la reforma se centra en dos ítems: i) derogar el artículo 4° del Acto Legislativo 01 del 2016, puesto que el acuerdo final como acuerdo especial, en los términos del artículo 3° común a los Convenios de Ginebra, ya no se incorporará como ley de la República, no entrará al bloque de constitucionalidad y no se incorporará al ordenamiento jurídico colombiano, sino que se garantizarán unas precisas condiciones sustantivas y temporales de estabilidad y seguridad jurídica; ii) adicionalmente, se propone la incorporación de un artículo transitorio en la Constitución que reconozca que los contenidos del acuerdo final correspondientes a normas de derecho internacional humanitario o derechos fundamentales serán parámetros de interpretación y referentes de desarrollo y validez de las normas y leyes de implementación únicamente por los tres periodos presidenciales posteriores a la promulgación del acto legislativo. Conozca la ponencia completa en el documento adjunto a esta nota.
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