Procedimiento legislativo especial para la paz (´fast track´) Reforma constitucional de seguridad jurídica para el acuerdo de paz llega a penúltimo debate (1:22 p.m.)
13 de Marzo de 2017
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Nota:
54907
El proyecto de acto legislativo, tramitado por medio del procedimiento legislativo exprés, llega a estudio de la Cámara, luego de que la Comisión Primera y la plenaria del Senado le dieran su aprobación en primero y segundo debate. La iniciativa reemplazaría el contenido del Acto Legislativo para la Paz, en lo relativo a la seguridad jurídica del acuerdo final. Así, la reforma constitucional que se pondrá a consideración de la Comisión Primera de la Cámara se centra en dos ítems: i) derogar el artículo 4° del Acto Legislativo 01 del 2016, puesto que el acuerdo final como acuerdo especial, en los términos del artículo 3° común a los Convenios de Ginebra, ya no se incorporará como ley de la República; no entrará al bloque de constitucionalidad y no se incorporará al ordenamiento jurídico colombiano, sino que se garantizarán unas precisas condiciones sustantivas y temporales de estabilidad y seguridad jurídica; ii) adicionalmente, se propone la incorporación de un artículo transitorio en la Constitución que reconozca que los contenidos del acuerdo final correspondientes a normas de derecho internacional humanitario o derechos fundamentales serán parámetros de interpretación y referentes de desarrollo y validez de las normas y leyes de implementación únicamente por los tres periodos presidenciales posteriores a la promulgación del acto legislativo.
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