Precisiones sobre afiliaciones pensionales a trabajadores cuando existe sustitución patronal e impedimentos sindicales (4:28 p.m.)
24 de Julio de 2018
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Nota:
107918
La Corte Constitucional, a través del estudio de las responsabilidades de los empleadores cuando existe una sustitución patronal, concluyó que los derechos derivados de una relación laboral en materia pensional son irrenunciables, por tanto, aun cuando un sindicato se hubiese opuesto a la afiliación de los trabajadores ello no supone la desaparición de la obligación legal de los empleadores. Finalmente, la Sala dejó claro que tanto el antiguo como el nuevo empleador responden solidariamente por las obligaciones exigibles al momento de la sustitución, pero si el nuevo las satisficiere puede repetir contra el antiguo. Es decir, los deberes del anterior empleador se trasmiten al nuevo, puesto que la finalidad de la figura es amparar a la parte débil de la relación laboral. (M. P. José Fernando Reyes).
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