Precisan casos excepcionales para reconocer pensión de sobrevivientes a quien no acreditó los requisitos a tiempo (4:15 p.m.)
13 de Mayo de 2014
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Nota:
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Si bien los requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes tienen que ser demostrados por el peticionario al momento de la muerte del causante, existen casos excepcionales en los que procede el reconocimiento y pago a favor de familiares que, por causas ajenas a su voluntad, no acreditaron los requerimientos en ese momento, siempre y cuando se pueda determinar que de haber presentado la solicitud a tiempo habrían sido beneficiarios por reunir los requisitos legales, precisó la Corte Constitucional, en fallo de tutela del 2013, pero publicado recientemente. En todo caso, advirtió, no se trata de una sustitución de la sustitución, sino del reconocimiento de la prestación a favor de aquellos que al momento del deceso del causante reunían los requisitos, pero no los acreditaron.
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