Posibilidad a reclusos de recibir solamente visitas de hijos menores de edad, biológicos o adoptivos es constitucional (11:38 a.m.)
04 de Febrero de 2016
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Nota:
105573
En la Sala Plena de la Corte Constitucional realizada ayer, se declaró la exequibilidad del artículo 112A de la Ley 65 de 1993, adicionado por el artículo 74 de la Ley 1702 del 2014, según el cual los reclusos solo pueden recibir visitas de sus hijos menores de edad, biológicos o adoptivos. Según la demanda, esa disposición promovía condiciones de desigualdad ante las circunstancias de debilidad manifiesta en las que se encuentran los reos, quienes están aislados del entorno familiar y social. “Impedir que sobrinos, nietos, bisnietos y tataranietos realicen tales visitas implica una forma de discriminación”, agregaba el demandante. No obstante , el máximo juez de la Carta Política resolvió que la norma objeto de análisis no vulnera los derechos fundamentales mencionados en la acción de inconstitucionalidad, en especial el de igualdad. Por otro lado, para hoy jueves se tiene prevista la elección del presidente y vicepresidente de esta alta corporación.
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