Por supuesta violación de la igualdad, atacan causales de recusación en materia civil (11:22 a.m.)
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18 de Enero de 2013
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El artículo 150 del Código de Procedimiento Civil señala las causales de recusación del juez, basadas en los principios de imparcialidad e igualdad que deben orientar la administración de justicia. Una demanda reciente de inconstitucionalidad advierte que esta norma viola los derechos al debido proceso y a la igualdad. En el sustento del escrito, sostiene que el artículo incluye únicamente una serie de causales taxativas y deja por fuera aquellas de tipo objetivo que se pueden presentar en desarrollo de un caso. Así mismo, asegura que no se pueden desconocer aquellos reconocimientos e instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establecen una serie de causales, tanto objetivas como subjetivas, para que las partes puedan recusar al juez, cuando este no se declara impedido (demandante: Óscar Julián Medina Ruiz).
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