Por estas razones no hubo pronunciamiento sobre número de trabajadoras que hacen obligatorias salas de lactancia
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17 de Enero de 2019
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La Corte Constitucional publicó el texto de la Sentencia C-142 del 2018, en la que se declaró inhibida para analizar de fondo la demanda de inconstitucionalidad contra la expresión “con más de 50 empleadas” del parágrafo del artículo 2º de la Ley 1823 del 2017, que adoptó la estrategia “salas amigas de la familia lactante del entorno laboral en entidades públicas territoriales y empresas privadas”. Si bien en la demanda se calificaba de evidente la vulneración al derecho de igualdad, por exonerar de la obligación de adoptar los espacios de lactancia a las empresas privadas que cuenten con menos de 50 empleadas, la Corte advirtió que la proposición jurídica del texto era insuficiente. En efecto, hizo ver que los términos de comparación del libelo introductorio no permiten cuestionar la distinción del número de empleadas sin que necesariamente se aborde la diferencia respecto a la capacidad económica y organizativa de las empresas en general (M. P. Gloria Stella Ortiz).
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