Por estas razones cayó la norma que incrementaba las multas de la Superservicios (11:13 a.m.)
22 de Noviembre de 2018
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Nota:
108578
El desconocimiento de los principios de unidad de materia, legalidad y tipicidad de las sanciones, además del postulado de la cosa juzgada constitucional consagrado en el artículo 243 de la Carta Política, condujo a la declaración de inexequibilidad de la norma que incrementaba las multas que puede imponer la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios). Así lo concluye la Sentencia C-092 del 2018 de la Corte Constitucional, de 52 páginas, la cual retiró del ordenamiento jurídico el artículo 208 de la Ley 1753 del 2015, Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 (PND). La Corte señaló que las normas con contenidos sancionatorios requieren de una deliberación democrática con un grado de trasparencia mayor que, en su criterio, su nuda inserción aislada y coyuntural en la Ley 1753, pues la relación entre estas y el plan es precaria e imperceptible (M. P. Alberto Rojas Ríos).
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