Polémica por decisión sobre inhabilidad política por sanciones fiscales (1:55 p.m.)
26 de Octubre de 2018
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Nota:
108982
La Corte Constitucional resolvió una acción de inconstitucionalidad contra el numeral 4º y el parágrafo 1° del artículo 38 del Código Disciplinario Único (Ley 734 del 2002), que establece como inhabilidad para desempeñar cargos públicos haber sido declarado responsable fiscalmente. La alta corporación judicial resolvió que esta norma protege intereses y valores constitucionales de mucha importancia como el patrimonio público. Es indudable que una decisión de la Contraloría que encuentra a una persona responsable fiscalmente para restringir el acceso al cargo público, después de un debido proceso administrativo, es necesaria e idónea, pues es una medida útil para proteger los intereses constitucionales en juego. Esta decisión ha abierto una polémica por los efectos que tendría sobre Gustavo Petro, la segunda votación más alta en las últimas elecciones presidenciales. Dicha multa fue suspendida por una medida cautelar proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mientras se estudia y se resuelve de fondo dicha sanción fiscal. Lo cierto es que esta instancia podría acoger las consideraciones de la Corte y, de esta forma, aplicarlas para resolver el caso que se sigue contra este excandidato presidencial. Finalmente, salvaron su voto los magistrados Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo, José Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Ríos (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).
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