Permiso remunerado por riesgo sicosocial para equipos interdisciplinarios no se puede extender por analogía
27 de Agosto de 2020
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Nota:
117845
El permiso remunerado de tres días hábiles por una vez al año que dispone la Circular 05 del 2019 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para los equipos técnicos interdisciplinarios integrados por el defensor de familia, sicólogo, trabajador social y nutricionista expuestos a un mayor riesgo en demandas emocionales, cuantitativas y de carga mental, entre otras, lo cual genera signos y síntomas de estrés en el ejercicio de las funciones, no se puede extender mecánicamente o por analogía a los profesionales que cumplen funciones propias del proceso de relación con el ciudadano en centro zonal y regional. Además, indicó la entidad, existe un procedimiento legal y reglado para determinar la presencia o ausencia de los factores de riesgo sicosocial en el trabajo.
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