Ordenan corregir error en registros civiles de nacimiento relacionado con el sexo de los ciudadanos (3:00 p.m.)
02 de Mayo de 2014
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Nota:
96991
Al constatar con una prueba médica que dos ciudadanos son y han sido siempre de sexo masculino, la Corte Constitucional le ordenó a dos notarías corregir sus registros civiles, que se encontraban con sexo femenino. El sexo es un componente objetivo del estado civil, un hecho de la naturaleza física que caracteriza a la persona y la individualiza, además, constituye un requisito esencial en el registro de nacimiento y en el registro de defunción (artículo 80 Decreto 1260 de 1970). En este contexto, concluyó que los registros que no corresponden a la realidad incumpliendo la finalidad de identificar e individualizar a las personas vulneran el derecho a la personalidad jurídica (artículo 14 de la Carta Política). La corrección del sexo en el registro civil, cuando no implica alteración de una realidad y no corresponde a un error mecanográfico se debe hacer por escritura pública, agregó (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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