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Normas sobre nombramientos en provisionalidad y encargo serían contrarias al principio de meritocracia (9:10 a.m.)

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09 de Agosto de 2018

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La Corte Constitucional admitió una acción pública contra los artículos 9, 10 y 12 del Decreto 775 del 2005 y el artículo 2 del Decreto 2929 del 2005, por vulnerar presuntamente los principios de meritocracia e igualdad contenidos en la Ley 909 del 2004 y la Constitución Política. Las normas acusadas disponen todo lo relacionado con el nombramiento en provisionalidad y en encargo y la ley supuestamente trasgredida consagra el mérito como principio sobre el cual se deben efectuar los ingresos a los cargos de carrera administrativa, el ascenso y la permanencia en los mismos, así como la obligación permanente de demostrar calidades académicas, experiencia y competencia para desempeñarse adecuadamente en los empleos respectivos. El demandante considera que la norma es contraría al artículo 125 superior al permitir la consolidación de situaciones jurídicas que propician la vulneración de derechos de quienes acceden al sector administrativo a través de concursos de méritos, y que ven frustrado su nombramiento por cuestiones contractuales de quienes se vinculan en provisionalidad. Por lo anterior, solicita su expulsión del ordenamiento jurídico (demandante: Rogelio Albarracín Duarte).

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