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Niegan tutela a juez que embargó cuentas de Cajanal para pago de pensiones a docentes (2:30 p.m.)

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24 de Agosto de 2012

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La Corte Constitucional confirmó los fallos proferidos por las salas disciplinarias de los consejos Superior y Seccional de la Judicatura, que negaron la acción de tutela interpuesta por un exjuez Segundo Civil del Circuito de Magangué (Bolívar), relacionada con las decisiones que lo suspendieron y destituyeron de su cargo por embargar las cuentas de Cajanal para pagar pensiones gracia a docentes. Según el accionante, estas corporaciones le violaron el debido proceso, al desconocer su propio precedente y no pronunciarse sobre un memorial de recusación. Al respecto, la Corte afirmó que ellas no vulneraron el principio de confianza legítima, la cosa juzgada ni el derecho a la igualdad, porque la labor ejercida como juez de tutela difiere de la realizada ordinariamente. Por otro lado, aclaró que si bien omitir tramitar la recusación es una irregularidad procesal, esto no significó la afectación de la imparcialidad judicial. Pese a eso, ordenó la compulsa de copias, con el fin de que se investigue a los funcionarios involucrados. El magistrado Mauricio González salvó el voto. (M.P. Luis Ernesto Vargas).

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