Militar retirado afectado en su salud por la prestación del servicio tiene derecho a atención médica (8:30 a.m.)
08 de Junio de 2012
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Nota:
81703
El militar retirado afectado en su salud por la prestación del servicio tiene derecho a que se le suministre la atención médica, quirúrgica, hospitalaria, servicios odontológicos y farmacéuticos en los lugares y condiciones científicas que su caso exija, advirtió el Consejo Superior de la Judicatura. Aunque la normativa vigente establece que una vez finalizada la vinculación a las fuerzas militares cesan las obligaciones en materia de seguridad social, esta regla tiene una excepción frente a casos en los que las lesiones son producto de la prestación del servicio. El Consejo señaló que la vinculación de todo ciudadano colombiano a las fuerzas militares genera una relación correlativa de derechos, libertades, beneficios y garantías. Además, existe abundante jurisprudencia constitucional que ordena proteger el derecho a la salud de estas personas (M.P. Jorge Armando Otálora Gómez).
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