Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Mientras el revisor fiscal no haya sido retirado de los registros públicos deberá cumplir sus obligaciones legales

120254

07 de Mayo de 2021

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley 675 del 2001, el periodo del revisor fiscal será el establecido en los estatutos o, en su defecto, será de un año, hasta la siguiente reunión de asamblea para su ratificación o remplazo. Por lo tanto, señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, mientras el nombre del revisor fiscal no haya sido retirado de los registros públicos, lo cual puede ser solicitado por la entidad o por el propio revisor fiscal dentro de los 30 días posteriores a la finalización de su encargo o renuncia, este continuará obligado a cumplir las obligaciones legales hasta la fecha en que se modifique o actualice dicho registro. Una ampliación del plazo originalmente establecido generará ajustes en la retribución económica que haya sido pactada conforme a las disposiciones del contrato o de la ley. En el caso de la revisoría fiscal potestativa, como podría ser en las copropiedades de uso residencial, si las funciones han sido establecidas por la asamblea o por los estatutos se entendería que el revisor fiscal ejercería sus funciones hasta la fecha en que se realice una nueva asamblea y se tome la decisión de terminar el vínculo contractual que se haya establecido.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)