Los subsidios de vivienda tienen relevancia constitucional
26 de Agosto de 2022
El derecho a la vivienda digna requiere la disposición de recursos y la elaboración de políticas públicas consistentes y vigorosas hacia la ampliación de la cobertura, advirtió la Corte Constitucional.
Dicha aclaración se dio al resolver una tutela a favor de 276 familias en condición de vulnerabilidad económica, quienes se vieron beneficiadas con un subsidio para adquirir vivienda de interés social.
Sin embargo, se presentó una tardanza en la gestión de los recursos por parte de una alcaldía, por lo que se presentaron diversas peticiones para conocer el estado del proyecto y las razones de la demora, a lo que la Administración respondió que existían falencias y que se encontraba solucionándolas con un equipo técnico. Finalmente, ese mismo año el alcalde municipal procedió a liberar los recursos del proyecto de vivienda y a desaprobarlo, por lo que los afectados presentaron tutela por violación de su derecho fundamental a la vivienda digna y al debido proceso, entre otros.
El alto tribunal señaló que los subsidios a la oferta tienen relevancia constitucional y su otorgamiento requiere de una política gubernamental consistente. Por esta razón, su modificación o revocatoria se encuentra ligada al principio de progresividad, la prohibición de retroceso y al respeto por las expectativas legítimas, es decir, de la buena fe en las actuaciones de las autoridades. También indicó que lo ocurrido supone una afectación especial para los accionantes, la cual se manifiesta en la manera en que su expectativa legítima se desvaneció.
Resolvió la Sala ordenar al alcalde que adopte medidas positivas para que los subsidios de los accionantes se conviertan en un mecanismo efectivo para el acceso a una vivienda digna (M. P. Diana Fajardo Rivera).
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