Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Los indicios en este caso son las pruebas que por excelencia permiten al juez condenar a la Nación (1:05 p.m.)

Openx [71](300x120)

109068

22 de Octubre de 2018

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sala Plena de la Corte Constitucional publicó un importante fallo de unificación a favor de víctimas del conflicto armado interno, en el cual encontró que la indebida valoración probatoria afectó los derechos fundamentales de dos víctimas. Lo anterior condujo a negarles, en su momento, las acciones de reparación administrativa interpuestas. Por esta razón, y el desconocimiento del precedente jurisprudencial del Consejo de Estado en materia de responsabilidad civil extracontractual del Estado, por hechos causados con armas de fuego de dotación oficial, el máximo juez de la justicia constitucional concedió el amparo solicitado. Así las cosas, la Sala señaló que en materia de homicidios en persona protegida, denominados comúnmente falsos positivos, existe una nutrida línea jurisprudencial sobre la flexibilización de los estándares probatorios en materia de graves violaciones a los derechos humanos, admitiendo que demostrar tal hecho mediante una prueba directa es casi imposible dada la vulnerabilidad de las víctimas y la posición dominante que ejercen las fuerzas militares, “por lo que se ha establecido que los indicios son los medios probatorios que por excelencia permiten llevar al juez a determinar la responsabilidad de la Nación, aplicando un rasero menor que el que podría aplicarse en materia penal” (M.P. José Fernando Reyes Cuartas).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)