Los cuatro supuestos jurídicos para ordenar a una EPS practicar un baipás (4:18 p.m.)
15 de Agosto de 2018
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Nota:
107564
La Sala Novena de Revisión evaluó la situación jurídica de una accionante de 27 años que fue diagnosticada en el Hospital San José con obesidad mórbida por parte de su médica tratante. En efecto, amparó sus derechos fundamentales a la seguridad social, a la salud y a la vida en condiciones dignas, al considerar acreditados los supuestos jurídicos desarrollados por la jurisprudencia constitucional para la autorización de un servicio médico que no se encuentra incluido en el plan de beneficios de salud, ni excluido expresamente: (i) la intervención de baipás por laparoscopia es indispensable para mejorar las condiciones de salud y de vida digna de la actora; (ii) el procedimiento médico no puede ser suplido por otro que se encuentre dentro del plan de beneficios en salud; (iii) la operación ha sido dispuesta por su médica tratante y (iv) se probó la falta de recursos económicos de la parte actora para pagar una actuación clínica de esas características (M. P. Alberto Rojas).
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