Lo último sobre el derecho a la objeción de conciencia en materia constitucional (9:33 a.m.)
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29 de Agosto de 2019
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La Corte Constitucional consideró válida, desde la perspectiva constitucional, la limitación de la objeción de conciencia a la prestación del servicio militar obligatorio por razones éticas, religiosas y filosóficas. Ello al declarar exequibles los artículos 77, 78, 79 y 80 de la Ley 1861 del 2017, mediante la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización. Así mismo, concluyó que aunque la objeción de conciencia es un derecho fundamental las normas acusadas en esta oportunidad no requerían de una ley estatutaria, porque no efectúan una regulación integral, completa y sistemática de ese derecho (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).
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