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Listo fallo que respaldó prohibición para convalidar títulos académicos propios o no oficiales expedidos en el exterior (9:26 a.m.)

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18 de Diciembre de 2019

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La Corte Constitucional publicó la sentencia en la que declaró exequible el parágrafo 1º del artículo 62 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 (Ley 1753 del 2015), que prohíbe la  convalidación de los títulos propios o no oficiales expedidos en el exterior por instituciones de educación superior, disposición acusada de vulnerar los artículos 26, 67 y 70 de la Constitución Política. La decisión del alto tribunal se fundó en la jurisprudencia consolidada en relación con el alcance y contenido de los derechos fundamentales a escoger y ejercer una profesión u oficio, así como a la educación, enfatizando, en el primer caso, en los límites existentes a la competencia de regular la necesidad de contar con títulos de idoneidad. Ese marco permitió resolver la demanda a favor de una decisión de exequibilidad, que se sustentó en un test integrado de proporcionalidad (M. P. Diana Fajardo).

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