Lista sentencia que declaró inconstitucional facultad del Gobierno para establecer sanciones en cámaras de comercio (2:06 p.m.)
13 de Abril de 2016
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Nota:
106588
La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 32 de la Ley 1727 del 2014, que asignó al Gobierno la competencia para determinar, mediante acto administrativo, el régimen disciplinario y sancionatorio de los miembros de las juntas directivas de las cámaras de comercio. La facultad otorgada al Gobierno sin establecer un marco legal de referencia claro, cierto y determinado vulneró el principio de legalidad y el derecho fundamental al debido proceso, contenido en el artículo 29 de la Constitución Política, concluyó la sentencia del alto tribunal. En criterio de la corporación, delegar al Ejecutivo la determinación total del procedimiento que se debe seguir para sancionar a los integrantes de las juntas directivas, esto es, las etapas, los términos, los recursos y los demás aspectos que rodean el procedimiento administrativo sancionador, quebranta la cláusula general de competencia de que goza el legislador y la reserva legal para señalar los procedimientos. Además, implica una afectación al debido proceso del administrado, quien no tendría una garantía legal que defina las formas propias del juicio sancionatorio, con miras a brindarle seguridad jurídica en la actuación (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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